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PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES

  • Dónde y cómo presentar su reclamación

En los lugares que establece el Art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estarán obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas los sujetos que señala el Art.14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para la presentación electrónica dispone de la herramienta necesaria en la Sede  Electrónica de la Generalitat, donde podrá presentar  la reclamación dentro de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática mediante el tràmite general, pinchando en el siguientes enlace .

  • Formulario

Puede descargarse el formulario de Reclamación ante el Consejo Valenciano de Transparencia en formato pdf.

  • Identificación

En la solicitud hará constar su documento de identificación (DNI, NIE, NIF, Pasaporte,…). En caso de que actúe en nombre y representación de personas jurídicas, podrá acreditarse a través de los medios establecidos en el Art.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Documentación

Reclamación ante el Consejo Valenciano de Transparencia.

Solicitud de Información.

En caso de existir resolución expresa, la reclamación debe incorporar, necesariamente, una copia de la misma y su notificación.
 
Adicionalmente, se podrán aportar todas las alegaciones o documentos que se estimen convenientes.
 
  • Plazo de presentación

El plazo de presentación de la reclamación es de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que se recibió la respuesta negativa a su solicitud de información o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.